Dentro de la gestión financiera de las PYMES y grandes empresas encontramos numerosas formas de financiación, entre ellas, el factoring.

El factoring es un producto financiero, entendido como un contrato entre dos partes, aunque indirectamente son hasta tres:

  1. El cedente: es una empresa que tiene una deuda o pago pendiente con un cliente (por ejemplo, facturas o letras)
  2. El factor: se trata de la entidad de factoring (también puede ser un banco u otro tipo de entidad que realice esta actividad), a la cual el cedente le ha cedido los derechos del cobro de esa deuda mediante un contrato, a cambio de que sea el factor quien le abone por anticipado esa deuda.
  3. El cliente: quedará obligada a realizar el pago a la empresa de factoring, no al cedente.

Factoring: una práctica a tener en cuenta

Ventajas:

Se trata de un producto financiero muy adecuado para pequeñas y medianas empresas que realizan ventas a 30, 60 o 90 días, y que necesitan de esa pequeña liquidez y que no puede resolverse con créditos bancarios por su dificultad de acceso.

Se puede contar con la confianza de esa entidad de factoring que gestiona la contabilización y cobro del pago, además de asumir el riesgo de insolvencia del cliente.

Al disponer de ese efectivo, la empresa puede utilizarlo rápidamente en otros aspectos donde quiera invertir.

No corre el riesgo de tener un cliente impagado.

Desventajas:

Claramente, la entidad de factoring debe estudiar detalladamente la situación de solvencia de la empresa cliente a la que podrá exigirle el pago, lo cual variará el coste final de la operación, es decir, los intereses y costes de ese contrato.

Por ello es necesario conocer de antemano la situación de nuestro cliente.

Características:

En el contrato deben figurar claramente todas las partes con los servicios que la empresa de factoring va a efectuar. Estas pueden ser la gestión de cobro, porcentaje de financiación de la deuda, investigación de la solvencia del cliente, contabilización de la deuda cedida, o riesgo de impago.

También existen varias modalidades de este producto financiero según nuestras necesidades:

  1. Según la cobertura de riesgo de impago: podemos elegir que el factor se haga cargo de todo el riesgo de insolvencia del cliente (sin recurso), o que no lo asuma (con recurso), y en caso de insolvencia actuará contra la empresa cedente.
  2. Según el momento del pago del factor al cedente: el factor puede pagar a la empresa cuando el cliente le haga el pago (pago al cobro). Después, a medida que las va cobrando antes de una fecha límite (pago al cobro con fecha límite), con vencimientos fijos pactados, haya cobrado o no del cliente (pago con fecha fija).  Y por último anticipando el pago de las facturas al cedente, proporcionándole de esa manera la financiación que necesita.
  3. Según el lugar de residencia del cliente: puede hablarse de factoring nacional o de exportación.

 

Conclusión

Ahora que ya conoce en qué consiste esta práctica financiera entre empresas, deberá analizar en qué situaciones podría beneficiarle y en cuáles no es necesario.

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